El tacógrafo es un instrumento indispensable en la gestión de flotas, tanto en el transporte de mercancías como de pasajeros, sin él la seguridad de conductores, pasajeros y mercancía estarían comprometidas debido a un posible exceso de actividad que podría reducir las capacidades del conductor. En esta guía te explicamos todo sobre este dispositivo y la normativa que debes seguir para evitar sanciones importantes.

Qué es un Tacógrafo Digital y para qué sirve

El tacógrafo digital permite registrar la actividad y tiempos de descanso de los conductores y es obligatorio tenerlo instalado en todos aquellos vehículos con un peso mayor que 3,5 Toneladas o que puedan transportar a 9 o más personas, incluido el conductor y desde el pasado Junio de 2019, la nueva versión del tacógrafo digital, denominado tacógrafo digital inteligente es de obligatoria instalación para todos los vehículos matriculados a partir de dicha fecha.

Esta nueva versión del tacógrafo, maximiza el uso de la tecnología telemática y GPS para permitir a las empresas y a las autoridades, disponer de información en tiempo real y de manera inmediata sobre la actividad de vehículos y conductores. Gracias a esta nueva versión se facilita aún más el garantizar el cumplimiento de las normas y la seguridad de las flotas de transporte, con el impacto positivo en la productividad que supone el acceso a dicha información y ahorrando multas considerables a las empresas.

El Gobierno de España, pone a disposición de los usuarios un simulador que permite aprender el funcionamiento de este dispositivo para los diferentes fabricantes disponibles.

¿Cómo funciona un Tacógrafo Digital?

El tacógrafo digital consta de varios componentes, de una parte tenemos la unidad de vehículo, un dispositivo encargado de registrar toda la información referente a la actividad de los conductores y su comportamiento en carretera. Además, también permite acceder a información sobre posibles manipulaciones del dispositivo, siendo posible saber quién ha consultado la información del dispositivo (fuerzas de seguridad, empresas).

Otro de los componentes es el sensor, el cual registra y comunica a la unidad del vehículo, velocidades y distancias recorridas por dicho vehículo mediante el uso de una señal encriptada.

Finalmente, para trabajar con este dispositivo, se necesita hacer uso de una tarjeta inteligente. Existen cuatro tipos de tarjetas destinadas a diferentes entidades:

Tarjetas para conductores: sirven para identificar al conductor y registrar su actividad. En España estas tarjetas permiten almacenar información sobre los últimos 31 días.

Tarjetas para empresas: que permiten a éstas acceder a la información del tacógrafo, así como bloquear o desbloquear el mismo.

Tarjetas de control: empleadas por las autoridades para verificar que se cumple la normativa referente a los tiempos de conducción, descanso y por supuesto, que el dispositivo no se haya manipulado.

Tarjetas de ensayo: también conocidas como tarjeta de taller, permite a los técnicos identificar al titular, hacer pruebas, activar, calibrar y transferir con el objetivo de comprobar su funcionamiento.

Normativa del tacógrafo digital y sanciones

Tiempos de Conducción

La normativa referente al tacógrafo, se centra sobre todo en los tiempos de conducción y descanso, con el objetivo de salvaguardar la seguridad y proteger a conductores y otros usuarios de la carretera previniendo accidentes.

En cuanto a los tiempos de descanso, existen ciertos límites que de tiempo de actividad que los conductores no pueden rebasar, más concretamente existen máximos establecidos para la conducción ininterrumpida, diaria, semanal, bisemanal.

Vemos cada caso por separado:

Conducción ininterrumpida: por cada periodo de 4 horas y 30 minutos, el conductor debe descansar 45 minutos, pudiendo elegir entre hacer una pausa de 45 minutos tras 4 horas, o alternativamente hacer una pausa inicial de 15 minutos, continuar conduciendo y volver a parar esta vez por 45 minutos, ambas pausas deben de estar intercaladas en el período de conducción de 4 horas y media.

Conducción diaria: como norma general el tiempo máximo de conducción diario es de 9 horas, pero se permite que dos días a la semana se llegue a las 10 horas.

Conducción semanal: el tiempo de conducción entre el Lunes a las 00:00 horas y el Domingo a las 24:00, no puede exceder nunca de 56 horas.

Conducción bisemanal: dentro de un periodo de dos semanas el tiempo de conducción total no puede superar las 90 horas. Esto quiere decir que si una semana llegamos al máximo semanal de 56 horas, la siguiente semana no podremos ir más allá de las 34 horas.

Sanciones ligadas a los tiempos de conducción máximos permitidos

Las faltas por superar los tiempos máximos de conducción establecidos se clasifican de la siguiente manera.

Leves: si el exceso no supera el 20% del límite total, la falta se considera leve y las sanciones van desde los 301 a los 400 euros. Si la infracción es detectada por las autoridades cuando la distancia pendiente de recorrer por el vehículo para llegar a su destino es superior a 30 kilómetros se procederá a la inmovilización del vehículo hasta que se determine que los motivos de la infracción hayan sido efectivamente solucionados.

Graves: si nos excedemos en cualquiera de los tiempos máximos de conducción en un 20% y hasta un 50%, la falta se considerará grave y las sanciones van desde los 1,501 hasta los 2,000 Euros.

Muy Graves: si nos excedemos por encima del 50% la falta se considerará muy grave y la multa oscila entre los 3,301 y los 4,600 Euros.

Tanto en las faltas graves como en las muy graves, la detección de las mismas en carretera supone la inmovilización inmediata del vehículo hasta que se supriman los motivos causantes de dicha infracción.

Tiempos de descanso

https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/inspeccion-y-seguridad-en-el-transporte/tacografo-digital/legislacion-y-documentacion/resumen-de-la-legislacion-aplicable/tiempos-de-descanso

En lo referente a los tiempos de descanso de los conductores, también existen diferentes límites, en este caso diario y semanal. Así tal y como se describe en la normativa vigente a este respecto, los conductores deben descansar entre 9 y 11 horas pasadas 24 horas desde su último periodo de descanso diario o semanal.

Así tenemos dos tipos de descanso diario, “normal” si este es de 11 horas y “reducido” que debe ser de al menos 9 horas, pero inferior a 11 horas. No estando permitido que los conductores tomen más de tres períodos de descanso diario reducidos, entre dos períodos de descanso semanales.

En el caso de que la conducción sea en equipo, los conductores están obligados a tomarse un nuevo período de descanso diario de al menos 9 horas, pasadas 30 horas desde el final de su anterior período de descanso (diario o semanal).

Un caso especial a este respecto sería que el conductor se encuentre en un vehículo transportado por transbordador o tren. En este caso, el periodo de descanso diario se podrá ver interrumpido por un máximo de dos veces y una hora en total, para llevar a cabo otras actividades (no conducción). Y por supuesto, durante el período de descanso diario normal, el conductor debe tener acceso a una cama o litera para poder descansar adecuadamente.

En cuanto al descanso semanal de un conductor, este debe producirse antes de que pasen seis días desde el periodo de descanso semanal anterior y como ocurría con el periodo de descanso diario, este puede ser normal o reducido. Normal si es de al menos 45 horas o reducido si es inferior a 45 horas pero con un mínimo de 24 horas consecutivas.

Sanciones ligadas a los tiempos de descanso

Las sanciones por no respetar los tiempos de descanso establecidos por la ley, se clasifican de la siguiente forma:

Faltas Leves: si el tiempo de descanso es hasta un 20% menor de lo establecido y que supone multas de entre 301€ y hasta 400 €.

Faltas Graves: si el tiempo de descanso se ve reducido más de un 20% y hasta un 50%. Con Multas de entre 1,501€ y 2,000 €

Faltas muy graves: si el tiempo de descanso se ve reducido en más de un 50%, Con sanciones que van desde los 3,301€ hasta los 4,600 €.

Sanciones ligadas al tacógrafo:

Además de las sanciones ligadas a los tiempos de conducción y descanso, existen sanciones relativas al tacógrafo y su uso. Tal y como señala La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento, se consideran como hechos sancionables: la carencia del tacógrafo o su manipulación, la utilización de hojas de registro no homologadas, o su falsificación, no llevar la tarjeta de conductor insertada en el tacógrafo, entre otros.

Por ello es fundamental contar con una solución inteligente de gestión de flotas, que permita el acceso tanto a la información del tacógrafo de cada uno de nuestros vehículos, como de nuestros conductores para asegurar que nuestra flota cumple con la regulación vigente en todo momento, evitando costosas sanciones y mejorando la seguridad de conductores y carga.

Esperamos que este artículo te haya ayudado a conocer como funciona la Ley del Tacógrafo y recuerda que en nuestra sección de recursos útiles encontrarás toda la información sobre las últimas tendencias en gestión de flotas.