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El transporte especial surge de la necesidad de emplear nuestra vasta red de carreteras para el traslado de mercancías de características singulares, ya sea por sus dimensiones y peso o por su peligrosidad. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber: qué son los vehículos especiales, en qué consiste el transporte especial, qué tipos existen, qué autorizaciones se necesitan y cómo sacar el máximo partido a las flotas dedicadas a esta actividad.
En este artículo:
Un vehículo especial es aquel que, por su construcción o por la función que desempeña, no se ajusta a las condiciones generales exigidas al resto de vehículos. Se trata normalmente de vehículos concebidos para realizar obras o servicios determinados, o para labores agrícolas, y que por sus características sobrepasan de forma permanente las masas o dimensiones máximas autorizadas con carácter general.
Entran en esta categoría, entre otros, los tractores y la maquinaria agrícola automotriz o remolcada, así como la maquinaria de obras y servicios: retroexcavadoras, motoniveladoras, grúas autopropulsadas, compactadoras o dumpers, junto con los conjuntos que forman con sus remolques.
Es una confusión habitual y conviene despejarla, porque determina qué autorización se necesita.
De ahí que la normativa los agrupe por separado a la hora de conceder autorizaciones, como veremos más adelante.
Los transportes especiales son todos aquellos en los cuales la mercancía transportada requiere de un vehículo adaptado y de permisos especiales para circular con seguridad y poder llegar hasta su destino.
Hablamos, por tanto, de mercancías que exigen el uso de un vehículo adaptado bien por su peso y dimensiones, bien por necesidades específicas de la carga, como ocurre con los alimentos perecederos y las sustancias peligrosas.
A continuación veremos qué tipos de transportes especiales existen en función de las características de la mercancía.
Siguiendo la normativa vigente en España, y más concretamente el anexo III del Reglamento General de Circulación, se engloban en esta categoría los vehículos que necesitan una Autorización Complementaria de Circulación (ACC) para poder circular.
Si la mercancía requiere mantener condiciones constantes de temperatura, hablamos de cadena de frío. El Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas (ATP) establece que los alimentos perecederos como frutas, verduras, carne y pescado deben conservarse a una temperatura de entre 0 y 8 °C durante todo el trayecto. En el caso de los productos congelados, deben permanecer entre -12 °C y -20 °C.
Si las mercancías pueden afectar a la seguridad o la salud del resto de usuarios de la vía, o al entorno natural de las zonas por las que se desplazan, hablamos de mercancías peligrosas. Tal y como recoge el Acuerdo de Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), las sustancias tóxicas, inflamables, corrosivas, radiactivas y explosivas exigen un etiquetado especial mediante pictogramas y colores que permita identificar qué tipo de peligro suponen en caso de accidente. Además, el vehículo que transporta dicha mercancía debe incorporar un panel naranja y negro reflectante con el número que identifica la mercancía peligrosa.
Dependiendo del tipo de vehículo y sus características, las condiciones generales de circulación se clasifican en tres grupos:
Vehículos que superan las masas o dimensiones máximas porque la carga transportada es indivisible.
Vehículos especiales agrícolas y sus conjuntos que superan las masas o dimensiones máximas permitidas en el régimen general.
Vehículos especiales y sus conjuntos de obras y servicios que, por construcción, superan permanentemente las masas o dimensiones máximas.
Los vehículos de los grupos 1 y 3 necesitan el mismo tipo de autorización:
Los vehículos del grupo 2 (agrícolas) necesitan autorización genérica siempre que el conjunto no supere los 20,55 × 3,75 × 4,5 metros, las 20 toneladas de masa total del conjunto ni los valores máximos de masa por eje del Reglamento General de Vehículos; y autorización específica cuando se excedan esos valores. Los valores de referencia del anexo IX pueden consultarse en el texto oficial.
Estas autorizaciones deben solicitarse a la autoridad competente en cada caso, es decir, comunidades autónomas y ayuntamientos, tal y como se explica en la documentación oficial de la DGT.
Estos vehículos no pueden seguir cualquier ruta. Para los clasificados dentro de la autorización genérica se han determinado redes de itinerarios concretas: la red para vehículos en régimen de transporte especial de los grupos 1 y 3 y la red para vehículos especiales agrícolas del grupo 2. Planificar el trayecto sobre estas redes es, en la práctica, uno de los puntos críticos de la operación, y donde la planificación de rutas para vehículos pesados marca la diferencia.
No solo los vehículos deben cumplir una serie de requisitos. Los conductores deben contar también con los permisos adecuados y respetar los tiempos de conducción estipulados.
En concreto, y según el peso del conjunto, la documentación oficial de la DGT establece que un conductor necesita los siguientes permisos, con una antigüedad mínima de un año:
Además del permiso correspondiente, los conductores deben poder demostrar que no se encuentran sujetos a una restricción judicial ni a problemas administrativos relativos a su permiso de conducir. En el caso de las mercancías peligrosas, el conductor debe haber completado satisfactoriamente un curso homologado de conducción para el transporte de dichas mercancías. A todo ello se suma el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso.
Una vez obtenida la autorización pertinente, el transporte debe realizarse bajo una serie de condiciones destinadas a garantizar la seguridad durante la ruta y la integridad de la carga. Las normas generales son:
Cuando se trata de un transporte especial que ha requerido una autorización específica o excepcional, las fuerzas de seguridad, Policía o Guardia Civil, acompañan la comitiva.
Transportar mercancías con pesos y volúmenes fuera de lo habitual requiere vehículos capacitados para ello. Los más comunes en el transporte especial por carretera son el remolque de tipo góndola, el camión grúa, el remolque de plataforma plana y las grúas elevadoras.
Con una capacidad máxima de carga de 40 toneladas, 16 metros de largo, tres metros y medio de alto y cuatro metros de ancho, el camión góndola es el más utilizado dentro de esta modalidad, y tiene la ventaja de poder ampliar su capacidad si se le añade un camión auxiliar. Su combinación con distintas cabezas tractoras permite adaptarlo a cargas muy diversas.
Existen tres tipos de camión góndola:
El transporte especial supone trabajar con múltiples aspectos legales y operativos que exigen información en tiempo real y seguimiento de vehículos y carga. El diseño de rutas conforme a las normativas de cada comunidad y municipio, garantizar la seguridad de la mercancía y promover un mejor uso del combustible son aspectos vitales en este tipo de operaciones.
Por ello resulta fundamental contar con un software de gestión de flotas que permita reducir costes y mejorar el comportamiento de los conductores, contribuyendo a generar una ventaja competitiva sostenible.
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Un vehículo especial supera los límites generales de masa o dimensiones de forma permanente, por su propia construcción, con independencia de lo que transporte. Un transporte especial es la operación en la que un vehículo, especial u ordinario, circula superando esos límites por razón de la carga. Un mismo camión puede realizar transportes especiales sin ser un vehículo especial.
Es el permiso que habilita a circular a los vehículos que superan las masas o dimensiones máximas del régimen general. Se solicita a la autoridad competente y puede ser genérica, específica o excepcional en función de cuánto se superen los límites establecidos.
El vehículo piloto acompaña al transporte especial para advertir al resto de usuarios de la vía, situándose a una distancia de entre 40 y 50 metros. En los transportes que requieren autorización específica o excepcional, el acompañamiento corresponde además a las fuerzas de seguridad. Las condiciones concretas se fijan en la propia autorización.
No. Además de seguir las redes de itinerarios establecidas, estos transportes están sujetos a horarios de tránsito y a requisitos específicos que fija la autoridad competente de cada comunidad autónoma o municipio. Conviene verificarlos en la autorización concedida antes de planificar el trayecto.
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Qué son los vehículos especiales, qué tipos de transporte especial existen y qué autorizaciones y permisos exige la normativa española para circular con ellos.
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